Guía práctica para empresas en Chile, explicada en palabras simples.
En pocas palabras: En general sí. Cuando un cliente paga después del vencimiento, está en mora y usted puede reclamar intereses, dentro de los límites que fija la ley.
Envíe una comunicación por escrito detallando la factura, los días de atraso y el cálculo de los intereses. Si el cliente paga el capital pero no los intereses, puede reclamarlos aparte o incluirlos en una gestión de cobro posterior.
Para montos relevantes conviene que un abogado revise el cálculo y la tasa aplicable.
Importante: Este contenido es informativo y educativo, pensado para ayudar a nuestros clientes y a quienes buscan orientación. No constituye asesoría legal ni los servicios de COBAX. Cada caso es distinto, por lo que para tu situación particular conviene revisar tus documentos con un profesional.
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