¿Puedo cobrar a los socios o al representante legal de una empresa?

Guía práctica para empresas en Chile, explicada en palabras simples.

En pocas palabras: Como regla general, la deuda es de la empresa y no de sus socios, salvo que se hayan obligado personalmente o que la ley establezca su responsabilidad en un caso particular.

Casos en que puede haber responsabilidad

  • Aval, fiador o codeudor solidario firmado por el socio o representante
  • Sociedades donde los socios responden de forma ilimitada, según su tipo
  • Situaciones excepcionales de fraude o abuso, que deben probarse

Recomendación

Revise el tipo de sociedad y las garantías que obtuvo al vender a crédito. Para ventas importantes, pedir un aval personal suele ser una forma práctica de proteger el cobro.

Palabras que conviene entender

  • Aval: persona que se compromete a pagar si el deudor no lo hace.
  • Codeudor solidario: persona que debe lo mismo que el deudor y a quien se le puede cobrar el total.

Importante: Este contenido es informativo y educativo, pensado para ayudar a nuestros clientes y a quienes buscan orientación. No constituye asesoría legal ni los servicios de COBAX. Cada caso es distinto, por lo que para tu situación particular conviene revisar tus documentos con un profesional.

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